CIRCULAR N° 11 /2010 CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN
PARA: DIRECCIONES DEPARTAMENTALES DE ESCUELAS, DIRECCIONES DE NIVEL, PREGASE, DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS, JURADO DE CONCURSOS, DPTO. LIQUIDACIONES, DPTO. ASUNTOS JURIDICOS
FECHA: 22 de junio de 2010.-
ASUNTO: REGULARIZACION DOCENTES EN TAREAS PASIVAS
Teniendo en cuenta que a la fecha se encuentra regularizada la situación de la mayoría de los docentes en tareas pasivas, esta Vocalía ratifica:
a) La plena vigencia de la Circular Nº 20/04 Vocalía CGE. Se recomienda el estricto cumplimiento de los requisitos que se detallan en la misma (Titularidad y 10 años de Antigüedad).
b) La necesidad del seguimiento de las tramitaciones de docentes que solicitan los beneficios del Art. 7º, Inc. d) del Estatuto del Docente Entrerriano, a fin de evitar vacíos legales en su situaciones de revista.
c) Ante problemáticas como: falta de fecha para evaluación médica, ausencia de solicitud de prórroga por parte del docente, etc. los Supervisores Escolares, Supervisores de Zona y Directores Departamentales deberán comunicar inmediatamente la situación a esta Vocalía.
d) En el Programa de Reforma Administrativa- Pregase- se ha habilitado la carga de información que atienda a las distintas situaciones que se plantean. Por tal motivo es necesario tener en cuenta que:
1. Al solicitar Tareas Pasivas por primera vez no se debe cargar ningún dato en el sistema hasta la aplicación de la Circular Nº 20/04 Vocalía CGE.
2. Cuando un docente ya tiene otorgada tareas pasivas y solicita renovacion de la misma, la carga en el sistema informático se habilita hasta el 31/12/2010 en espera de Dictamen o Constancia de Junta Médica".
3. Cuando el docente obtiene dictamen de Junta Médica se realiza la modificacion en la carga de datos del sistema informático actualizando la información, en el caso que la Junta Médica autorice la Tarea Pasiva por un período determinando "en espera de dictado de Resolución".
4. Serán responsables de la carga en el sistema informático el Director/Rector del Establecimiento Educativo y la Dirección Departamental de Escuelas.
e) Es importante reiterar que el docente que tiene tareas pasivas, NOVENTA (90) días antes de vencer el plazo autorizado para la tarea pasiva DEBE SOLICITAR NUEVA JUNTA MEDICA, a los efectos que evalúe su situación de salud.
f) Todo docente que hace uso de la tarea pasiva por el término de los DOS(2) años que autoriza la normativa vigente, para solicitar renovación de la misma, deberá presentar constancia del trámite de jubilación iniciado.
ASIGNACIÓN UNIVERSAL - CIRCULAR DE ANSES
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Buenos Aires, 17 de junio de 2010
Circular GAFyD Nº 60/2010
“Asignación Universal - Extensión de Plazos para la presentación de la
Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación y de la Declaración Jurada del Adulto Responsable”
Por medio de la presente se informa que el Director Ejecutivo ha firmado la Resolución D.E.-N Nº 494/10; la que establece, con carácter de excepción y sólo por el corriente año, lo siguiente:
• La presentación de la Libreta podrá efectuarse hasta el 31 de agosto de 2010
• La Declaración Jurada correspondiente a Septiembre, deberá efectuarse en el mes de Noviembre de 2010.
Cordialmente.
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