MARCHAMOS JUNTO A LA CTA REGIONAL ENTRE RÍOS
No
confundirse y no caer en la trampa. "Pagar sólo días trabajados" no
significa legal y automáticamente "descontar por día de paro". No se
puede ordenar descuento ni hacerlo a un día de huelga, porque es un
derecho constitucional de los trabajadores.
Los propios
funcionarios se cuidan en el vocabulario legal que utilizan, e
igualmente caen en la contradicción. Una cosa es el discurso legal (que
dice "pago sólo día trabajado") y otra el discurso político y
periodístico (tramposo: "te descontamos entonces por hacer paro"). Son
dos cosas distintas, y hay que remarcarlo.
Los directivos no están obligados legalmente a ser informantes de
luchas en las que también se juega su salario, el impuesto a las
ganancias y tantas otras cosas. Los directivos no están obligados a ser
Gerardo Martínez.
Legalmente sólo pueden pasar porcentajes de
adherentes a la huelga. Nadie les hará nada porque nadie les puede hacer
nada y nadie hizo nunca nada a los que han respetado, como trabajadores
docentes, los derechos de sus compañeros docentes.
Paro, Movilización, y sólo porcentajes. Unidad en la lucha para avanzar en serio.